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Certificado urbanístico

El  procedimiento de "certificado urbanístico" regula el otorgamiento de cualquier certificado oficial proveniente del área municipal territorial, relativo al régimen urbanístico aplicable a una finca, parcela o solar. En particular:
 

  • Certificados de aprovechamiento urbanístico.
  • Certificados para la inscripción de inmuebles en el Registro de la Propiedad.
  • Certificado de la clasificación y de la calificación de una parcela de acuerdo con la normativa urbanistica municipal vigente.
  • Otros certificados (por ejemplo: de correspondencia de numeración, de existencia de licencia, de inventario de bienes municipales, etc.)

Preferentemente de forma telemática a través del botón “Iniciar trámite”. Si la persona interesada no utiliza la vía telemática podrá descargarse el/los impreso/s desde esta página o acudir al registro del Ayuntamiento, donde le facilitarán dicho/s impreso/s normalizado/s a presentar.

  • Solicitud de certificado urbanístico.
  • Plano de situación. Plano de situación de la finca/parcela/edificio objeto de dicha información.
  • Justificante de pago de las tasas según la ordenanza vigente (si fuese el caso).
  • Justificante de pago de tasas según la ordenanza vigente. (ver)

Nombre: Certificado urbanístico.

Unidad tramitadora: Urbanismo.

Inicio del procedimiento: A Instancia de parte.

Tipo de interesado: Persona física o jurídica.

Órgano de resolución:
Alcaldía.

Carácter silencio administrativo: Silencio positivo.

Plazo de resolución:
3 meses.

Recurso aplicable:
Potestativo de reposición / Contencioso - administrativo.

Tasas/Impuestos:
Consultar la ordenanza fiscal del apartado de normativa.

Canales de atención:
Telemático (Iniciar trámite).

                                      Presencial.